- Registrado
- 28 Ago 2021
- Mensajes
- 1.128
- Puntuación de reacción
- 15
La doctrina criminológica es unánime en reconocer que el pronóstico de la peligrosidad, es con cierta frecuencia, sumamente arbitrario puesto que no se estructura en datos objetivos de orden científico, y menos aún en el análisis probabilístico. Después de la derogación de la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación social (Código penal, 1995), y en virtud de los principios garantistas de intervención mínima y proporcionalidad consagrados en la Constitución Española ya no existen en España medidas de seguridad pre-delictivas, cuya aplicación era extremadamente conflictiva. No obstante, sigue siendo uno de los objetivos prioritarios de la psicología y psiquiatría forenses la determinación del riesgo, especialmente a la hora de adoptar medidas de seguridad y en asuntos diversos de psicología penitenciaria.
Se revisan cinco etapas o generaciones en el análisis científico de la peligrosidad, desde el más clásico clínico-intuitivo, los métodos clínicos estandarizados y actuariales o mixtos, hasta los más prometedores árboles de decisión.
Enlace: https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/982290.pdf
Se revisan cinco etapas o generaciones en el análisis científico de la peligrosidad, desde el más clásico clínico-intuitivo, los métodos clínicos estandarizados y actuariales o mixtos, hasta los más prometedores árboles de decisión.
Enlace: https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/982290.pdf