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¿Es el Art. 66.1.8ª. del Código Penal una regla general?
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<blockquote data-quote="Admin" data-source="post: 721" data-attributes="member: 1"><p style="text-align: justify">Se aborda en este texto el análisis de las relaciones entre el artículo 66.1.8.ª y los artículos 66.1.1.ª, 68, 62 y 63 del Código Penal. Se trata de comprobar si la orientación dominante en esta materia, basada -en parte- en una simetría formal del sistema de determinación de la pena, es congruente con los principios de igualdad y de culpabilidad por el hecho. Se hace una referencia especial a las dificultades para concebir el art. 66.1.8.ª del Código Penal como una regla general en atención a la disfunción que tal consideración provoca respecto de la figura del cómplice.</p> <p style="text-align: justify"></p> <p style="text-align: justify">Enlace: <a href="https://doi.org/10.5944/rdpc.27.2022.31333" target="_blank">https://doi.org/10.5944/rdpc.27.2022.31333</a></p> <p style="text-align: justify"></p> <p style="text-align: justify">Derechos: <a href="https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/" target="_blank">https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/</a></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Admin, post: 721, member: 1"] [JUSTIFY]Se aborda en este texto el análisis de las relaciones entre el artículo 66.1.8.ª y los artículos 66.1.1.ª, 68, 62 y 63 del Código Penal. Se trata de comprobar si la orientación dominante en esta materia, basada -en parte- en una simetría formal del sistema de determinación de la pena, es congruente con los principios de igualdad y de culpabilidad por el hecho. Se hace una referencia especial a las dificultades para concebir el art. 66.1.8.ª del Código Penal como una regla general en atención a la disfunción que tal consideración provoca respecto de la figura del cómplice. Enlace: [URL]https://doi.org/10.5944/rdpc.27.2022.31333[/URL] Derechos: [URL]https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/[/URL][/JUSTIFY] [/QUOTE]
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